El despido nulo en España y sus consecuencias

Aunque no es habitual que se dé un despido nulo en España, todavía podemos encontrar algunos casos que ponen de manifiesto que todavía hay mucho desconocimiento entre empleadores y empleados sobre sus graves consecuencias. Esa misma falta de información respecto a este tipo de despido hace que, en muchas ocasiones, las personas se refieran a esta figura legal cuando se produce la extinción de un contrato en circunstancias irregulares, siendo la realidad bien diferente.

Por todo ello y con deseo de arrojar luz a todo esto, en RV abogados laboralistas hemos considerado oportuno redactar este post en el que vamos a explicar qué es un despido nulo, cuándo se produce y cuáles son sus consecuencias.

 

El despido nulo en España y sus consecuencias

Se denomina despido nulo a aquella situación en la que se da por finalizada una relación laboral que resulte discriminatoria o que, de manera expresa, viole los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos de las personas trabajadoras. Ejemplos de este tipo de despido son aquellos que se producen por razón de: sexo, raza, religión, ideología, enfermedades, edad, expresión de género, condiciones de salud, estado serológico y/o predisposición genética a sufrir patologías y trastornos; lengua o situación socioeconómica.

En todos estos casos el despido supone una grave violación de los derechos de los trabajadores y está perseguido y penalizado.

 

Otras situaciones que son ejemplo de despido nulo

Dada la complejidad del mercado laboral y de los sujetos que la componen, la ley también se puede aplicar cuando se produce una discriminación de la persona en situaciones muy concretas que, en muchos casos, podrían pasar desapercibidas. Son las siguientes:

  • Despido de una trabajadora durante la maternidad, que esté afrontando una situación de riesgo en el embarazo, durante la lactancia natural, enfermedades causadas por el embarazo, parto o la lactancia natural: incluso en supuestos de adopción, acogimiento y paternidad.
  • Despido de un trabajador durante el tiempo que disfruta su permiso parental.
  • Despido de una trabajadora embarazada. Además, hay que tener en cuenta que no es necesario que la trabajadora haya informado a la empresa de que está embarazada para que el despido -de producirse- sea nulo.
  • Despido de los trabajadores que se han reincorporado a su trabajo tras una etapa de maternidad, adopción, acogimiento o paternidad, si no han pasado 9 meses desde el momento en que se produjo el nacimiento, la adopción o el acogimiento que generaba ese derecho.
  • Despido de la persona que haya solicitado o esté disfrutando de reducción de jornada por lactancia, del cuidado de un hijo recién nacido hospitalizado, o de aquella persona que realice la guarda legal o tenga que cuidar de un vástago con un tratamiento de enfermedades graves.
  • Despido de quien haya solicitado o esté disfrutando de excedencia para el cuidado de hijos o familiares.
  • Despido de las mujeres que sean víctimas de violencia de género por estar obligadas a ejercer su derecho a la reducción de la jornada laboral, movilidad geográfica o cambio de centro de trabajo dada esta condición de estar en peligro.

 

Despido nulo en procesos colectivos

El despido nulo también puede afectar a una colectividad. En estos casos, hay que fijarse en las acciones que haya realizado (o no) el empresario. Especialmente en lo tocante a comunicaciones. Son las siguientes:  

  • No se haya llevado a cabo el periodo de consultas.
  • No se haya entregado la documentación legalmente prevista.
  • No se haya respetado el procedimiento establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
  • No se haya obtenido la autorización judicial en los supuestos legalmente previstos.
  • No se hayan respetado los derechos fundamentales y las libertades públicas de los trabajadores que luego son objetivo de despido.
  • No se hayan respetado las prioridades de permanencia en el trabajo.

 

Consecuencias del despido nulo

Dadas las diferentes situaciones en las que se haya producido un despido nulo, las consecuencias también son dispares. Las más frecuentes son las siguientes:

  • Readmisión inmediata (en un plazo que no supere los 3 días) del trabajador. Debe hacerse a su anterior puesto de trabajo y en las mismas condiciones laborales de antes de la extinción de su contrato. Hay situaciones en las que la readmisión no es posible como que la empresa ya no exista o la persona haya sufrido violencia de género, acoso sexual o discriminación de género en ese entorno de trabajo. En ambas situaciones la ley afirma que el trabajador debe recibir una cantidad económica equivalente al despido improcedente.
  • Abono de las cantidades que el trabajador ha dejado de percibir desde la fecha de despido hasta la notificación de la sentencia que declare la nulidad del despido.

 

Además de todo esto, el trabajador tiene derecho a solicitar una indemnización por los daños y perjuicios ocasionados por dicho despido nulo. En este caso tendrá que demostrar la situación que dio lugar a ese despido injusto.

 

RV abogados laboralistas y los despidos

Si te encuentras en alguna de estas situaciones, no dudes en solicitar ayuda profesional, pues estás sufriendo una acción discriminatoria de mucha gravedad.

En RV Abogados laboralistas hemos llevado muchos casos de despidos nulos y, aunque sabemos la pereza que da enfrentarse a este tipo de situaciones, tenemos el convencimiento de que solamente parando los pies a quienes las generan se puede alcanzar mejores condiciones laborales para todos.