El Tribunal Supremo reconoce el complemento de brecha de género también a los padres

El Tribunal Supremo reconoce, desde el pasado 25 de junio de 2025, el derecho de los padres a recibir el complemento de brecha de género que se recoge en las pensiones en igualdad. Se trata de una ayuda que ya recibían las madres y a la que no podían acceder los progenitores masculinos, en una clara manifestación de discriminación.

 

El Tribunal Supremo reconoce el complemento de brecha de género también a los padres

El Tribunal Supremo español, en su Sentencia 639/2025 del pasado 25 de junio, ha reconocido que los padres también tienen derecho a recibir el complemento de la brecha de género que hay en las pensiones del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social,. Con esta unificación de criterio, se trata de equilibrar, de forma igualitaria los derechos de personas de ambos sexos, eliminando las exigencias adicionales que la legislación anterior imponía a los hombres. 

Gracias a esta decisión judicial, los padres pueden reclamar este complemento con efectos retroactivos desde que se les reconoció la pensión, aunque la devolución de atrasos se limita a los últimos cinco años por prescripción.

 

Implicaciones de la decisión del Tribunal Supremo

Esta novedad implica, para los padres que se encuentren en la situación descrita lo siguiente:

  1. Acceso a las pensiones y a los complementos sin tener que cumplir condiciones extra. Es decir, los padres podrán acceder a los mismos derechos que tienen actualmente las madres.
  2. Pagos con carácter retroactivo. Las personas que se encuentran en esta situación podrán reclamar el pago de los atrasos por este concepto. Para ello se tomará, como momento de inicio, el hecho causante de la pensión. En caso de que ese reconocimiento sucediera hace más de cinco años , hay que tener en cuenta que solamente se tendrá en cuenta el último lustro. La razón de esto es el propio funcionamiento burocrático.
  3. La reclamación de daños y perjuicios derivados de la situación anterior. En caso de discriminación sufrida por la norma que se venía aplicando, los afectados pueden solicitar una indemnización por la vulneración de sus derechos fundamentales.

 

Cómo solicitar el complemento de brecha de género

Para solicitar el complemento de brecha de género siendo padre, se debe presentar la solicitud junto con la pensión de jubilación, incapacidad o viudedad al Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).

Este trámite se puede realizar de manera virtual a través de su Sede Electrónica, de manera presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) -siempre con cita previa- o bien por teléfono. En todos los casos habrá que indicar  los datos de los hijos y presentar el libro de familia o el certificado del Registro Civil. También será necesario acreditar que la carrera profesional se ha visto afectada por el nacimiento o la adopción de hijos; y que la suma de las pensiones es inferior a la de la madre, si fuera el caso.

Los periodos de cotización como base para el complemento de brecha de género

Hay que tener en cuenta que, para ser beneficiario de este complemento es necesario contar con un periodo de 120 días sin cotización entre los 9 meses anteriores al nacimiento y los 3 años posteriores, cuando los hijos han nacido o han sido adoptados antes del 31 de diciembre de 1994. En caso de adopción, este tiempo debe encontrarse entre la fecha de la resolución judicial y los 3 años siguientes a la misma.

Para los hijos nacidos o adoptados a partir del 1 de enero de 1995, la suma de las bases de cotización que se toma como referencia es la que corresponde a los 24 meses posteriores al nacimiento o adopción. Esta suma debe ser inferior en más de un 15% a las de los 24 meses anteriores al mismo.

Estos requisitos son determinantes para generar o no el derecho, por lo que son motivo de que se pueda denegar el complemento.

Por ello, si quiere saber si tiene derecho a esta nueva prestación o necesitas ayuda para realizar el trámite con garantías, no lo dudes y ponte en contacto con nosotros. En RV Abogados Laboralistas somos expertos en derecho laboral y seguridad social, por lo que estamos habituados a realizar estos trámites.