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	<title>permiso por nacimiento archivos - RV Abogados Laboralistas</title>
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		<title>¿Cómo ampliar el permiso por nacimiento y cuidado de un hijo en España?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[redaccion]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 11 Sep 2025 09:42:41 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[Permisos]]></category>
		<category><![CDATA[Uncategorized]]></category>
		<category><![CDATA[ampliación del permiso por nacimiento]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>¿Sabes cómo puedes ampliar el permiso por nacimiento y cuidado de un hijo en España que se aprobó el pasado mes de julio? ¿La manera en la que se puede distribuir ese tiempo y las posibles variables que existen dependiendo de si se trata de una familia biparental o monoparental? ¿Qué pasos debes seguir y [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a href="https://www.rvabogadoslaboralistas.com/como-ampliar-el-permiso-por-nacimiento-y-cuidado-de-un-hijo-en-espana/">¿Cómo ampliar el permiso por nacimiento y cuidado de un hijo en España?</a> se publicó primero en <a href="https://www.rvabogadoslaboralistas.com">RV Abogados Laboralistas</a>.</p>
]]></description>
										<content:encoded><![CDATA[<p><span style="font-weight: 400;">¿Sabes cómo puedes ampliar el permiso por nacimiento y <a href="https://www.rvabogadoslaboralistas.com/regulacion-de-la-excedencia-por-cuidado-de-hijos/">cuidado de un hijo</a> en España que se aprobó el pasado mes de julio? ¿La manera en la que <strong>se puede distribuir ese tiempo</strong> y las posibles variables que existen dependiendo de si se trata de una familia biparental o monoparental? ¿Qué pasos debes seguir y qué documentos tienes que presentar ante la administración? ¿Quién se hará cargo de esa retribución y a cuánto dinero asciende?</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<h2><span style="font-weight: 400;">¿Cómo ampliar el permiso por nacimiento y cuidado de un hijo en España?</span></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">El pasado 29 de julio, el <a href="https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/paginas/index.aspx" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">Consejo de Ministros</a> aprobó una ampliación de tres semanas del permiso de nacimiento y cuidado de menores del que se disfrutaba hasta ese momento. Con esta decisión, el permiso por nacimiento ha pasado de 16 a 19 semanas, siendo de 32 semanas para familias monoparentales. </span></p>
<p>&nbsp;</p>
<h2><span style="font-weight: 400;">Cómo se desarrolla la ampliación del permiso por nacimiento y cuidado de hijos</span></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">Las 19 semanas de la prestación por nacimiento y cuidado del menor se articulan de la siguiente manera:</span></p>
<ol>
<li style="font-weight: 400;" aria-level="1"><span style="font-weight: 400;"><strong>Se incrementa una semana la prestación de nacimiento y cuidado del menor, hasta un total 17 semanas</strong>, de igual duración e intransferibles entre ambos progenitores, y 28 en el caso de las familias monoparentales, durante los primeros 12 meses del bebé, o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar en el primer año, a partir de la resolución judicial o administrativa; en periodos semanales o de forma acumulada.</span></li>
<li style="font-weight: 400;" aria-level="1"><span style="font-weight: 400;"><strong>Las primeras 6 semanas deben ser disfrutadas de forma ininterrumpida a jornada completa</strong> e inmediatamente tras el nacimiento o la adopción, acogimiento familiar o guarda. </span></li>
</ol>
<p>&nbsp;</p>
<h2><span style="font-weight: 400;">Semanas adicionales para el cuidado de menores</span></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">Este paquete de medidas dirigido a las familias también refleja una mejora en el caso de aquellas unidades que deseen solicitar permisos de trabajo relacionados con el cuidado de los hijos. En concreto se trata de que las familias puedan disfrutar de dos semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor, cuatro en el caso de monoparentales, hasta que el hijo o la hija cumpla los 8 años de edad. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Se trata de una medida de <strong>carácter retroactivo</strong> a la que pueden acogerse las familias que tengan hijos que nacieron a partir del 2 de agosto de 2024. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Para solicitar esta ayuda hay que esperar unos meses, pues no podrá formalizarse hasta el 1 de enero de 2026.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<h2><span style="font-weight: 400;">Pasos para solicitar el permiso por nacimiento y cuidado de un hijo </span></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">Para ampliar el permiso por nacimiento y cuidado debes acceder a tu  espacio personal en el portal Tu Seguridad Social (</span><a href="https://sede.seg-social.gob.es/" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow"><span style="font-weight: 400;">https://sede.seg-social.gob.es/</span></a><span style="font-weight: 400;">) o en </span><a href="https://prestaciones.seg-social.es/servicio/prestacion-nacimiento-adopcion-cuidado-menor.html?categoria=nacimiento-adopcion-embarazo" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow"><span style="font-weight: 400;">https://prestaciones.seg-social.es/servicio/prestacion-nacimiento-adopcion-cuidado-menor.html?categoria=nacimiento-adopcion-embarazo</span></a><span style="font-weight: 400;">. También puedes hacerlo presentando una solicitud en papel en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS). Puedes entrar con tu certificado digital o contraseña de Cl@ve. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Una vez que hayas accedido a la solicitud, debes cumplimentar todos los campos que te solicitan con tu información y la que corresponde a tu hijo.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Antes de presentar la solicitud, el sistema te solicitará que adjuntes una serie de documentos que acrediten el nacimiento o la adopción del menor.</span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Además, debes comunicar la solicitud a tu empresa al menos 15 días antes de iniciar el periodo de permiso adicional. </span></p>
<p>&nbsp;</p>
<h2><span style="font-weight: 400;">Cuantía del permiso y entidad que la sufraga</span></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">El <a href="https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Conocenos/QuienesSomos/29413" target="_blank" rel="noopener noreferrer nofollow">Instituto Nacional de la Seguridad Social</a> se encargará de hacerte llegar la retribución que recibirás durante este periodo. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">El total de la misma corresponde al 100% de la base de cotización que figure en tu nómina. Por lo que para calcularla, lo mejor es que consultes las cifras que recoge tu nómina.</span></p>
<p>&nbsp;</p>
<h2><span style="font-weight: 400;">RV Abogados Laboralistas con un servicio específico de Seguridad Social</span></h2>
<p><span style="font-weight: 400;">En RV Abogados Laboralistas en Valencia contamos con un servicio específico dedicado a todas las gestiones y problemática que pueda derivarse de la relación de las personas con el Instituto de la Seguridad Social. </span></p>
<p><span style="font-weight: 400;">Por ello, tanto si necesitas auxilio para solicitar el permiso por nacimiento y cuidado de hijos, como si te encuentras con algún problema derivado del procedimiento que hayas realizado, no lo dudes y contacta con nosotros. Te ayudaremos a resolverlo, y lo haremos en menos tiempo de lo que piensas. Y es que contamos con una amplia experiencia laboral en resolución de conflictos que pueden darse en el ámbito de la Seguridad Social.</span></p>
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